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Congreso de la CDMX 'tira' de ley texto polémico sobre desalojos.

Antes, las comisiones acordaron mantener el artículo de la ley, pero con modificaciones.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó este viernes el dictamen de la modificación del artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

La aprobación se dio con 46 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. Ahora se enviará a la jefa de Gobierno para su publicación en la gaceta de la Ciudad de México.

Más temprano, las comisiones Unidas de Derechos Humanos y Prácticas Parlamentarias del Congreso de la Ciudad de México aprobaron el dictamen luego de una discusión de más de dos horas.
Los diputados integrantes de dichas comisiones aprobaron mantener el artículo 60 pero modificado, con lo que se evita la interpretación de que se impedirán los desalojos si no se pagan rentas.

Al ser aprobado en el pleno se deja sin efecto la legislación actual que, de acuerdo con sus críticos, relegaba el derecho a la propiedad.

Así se lee el texto modificado del artículo 60:
"Ninguna persona podrá ser desalojada sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales aplicables al caso concreto.

"Las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso y procurar en todo momento la mediación y la conciliación; además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento.

"Las personas afectadas por un acto de desalojo podrán solicitar a las autoridades correspondientes su incorporación a los programas de vivienda".

Así estaba el texto:
"Para evitar que los desalojos forzosos o lanzamientos, violen, entre otros derechos, el derecho a una vivienda adecuada, podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales. Antes de realizarse, las personas que serán desalojadas tienen el derecho a: no ser discriminadas, que se estudien todas las demás posibilidades que permitan evitar o minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza; la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas inmateriales; y contar con las debidas garantías procesales, lo que incluye la obligación del juez de dar audiencia a las personas que puedan ser objeto de un lanzamiento de su domicilio. Las autoridades competentes deben garantizar el adecuado realojamiento, de las personas sin recursos desalojadas, en un radio no mayor a 15 kilómetros tomando como centro el lugar de origen.

"Las autoridades y poderes públicos de la Ciudad pondrán a disposición la información pública necesaria para conocer el número de personas desalojadas de las viviendas en las cuales tenían su domicilio, el lugar y las causas de los desalojos.

"El Gobierno de la Ciudad de México, con base en el Plan General de Desarrollo y en el Programa de Ordenamiento Territorial, diseñará, ejecutará y regulará la política habitacional que garantice el pleno cumplimiento de lo establecido en los párrafos anteriores. Esta política contará con la participación de los sectores público, privado, social, y académico".

¿Por qué se cambió el texto?

Sobre esta ley se presentaron distintas iniciativas para su modificación.

El 17 de mayo, la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Margarita Saldaña, solicitó el cambio de la redacción del artículo, argumentando que genera confusiones y ambigüedades que favorecen a grupos de invasores y va contra el derecho de la propiedad.

El PAN explicó que la aclaración es con el fin de evitar confusiones judiciales durante un desalojo y así garantizar el derecho a la propiedad privada estableciendo los alcances de la autoridad durante los procesos.

El jueves, el diputado perredista Jorge Gaviño argumentó que el artículo “representa una violación al derecho humano a la propiedad, crea una carga para el estado y entorpece el trabajo de los juzgadores”.

Además, la jefa de Gobierno de la capital, Claudia Sheinbaum, dijo el jueves no estar de acuerdo con la nueva ley impulsada por el Congreso local.

"No estoy de acuerdo con lo que plantean (en el artículo), a mí me parece que no se puede confundir el derecho a la vivienda con el derecho del poseedor de un edificio al que le pagan la renta", dijo Sheinbaum.

Mientras las comisiones discutían la permanencia o derogación del artículo 60 en la ley, un grupo de 20 ciudadanos, víctimas de desalojo forzado, demandaban, a las puertas del Congreso capitalino, la permanencia de dicho artículo que da garantías a desalojados, y obliga al Estado a atenderlas.

Fuente: El Financiero.